Burofax por impago de alquiler: cómo y cuándo enviarlo

3 de agosto de 2026

Si tienes un inquilino que ha dejado de pagar, el burofax por impago de alquiler es casi siempre el primer paso formal antes de acudir a los tribunales. Este documento acredita de forma fehaciente que has requerido el pago y marca el inicio ordenado de la vía civil del desahucio.

Un inquilino que no paga no es un okupa

Conviene aclararlo desde el principio porque genera mucha confusión: un inquilino con contrato que deja de pagar la renta no comete ocupación. La usurpación (art. 245 del Código Penal) y el allanamiento de morada (art. 202) se refieren a quien entra u ocupa una vivienda sin ningún título. Tu inquilino, en cambio, entró legítimamente con un contrato de arrendamiento en vigor.

Por eso el problema del impago no se resuelve por la vía penal ni recurriendo a empresas de "desokupación", sino a través de la vía civil del desahucio por falta de pago. Cualquier atajo al margen de la ley (cortar el agua o la luz, cambiar la cerradura con las pertenencias del inquilino dentro, presionarle para que se marche) puede volverse en tu contra y llegar a constituir un delito. El camino correcto pasa por los tribunales, y el burofax es su punto de partida.

Qué es el burofax y por qué es distinto de un simple aviso

El burofax es un envío postal que permite acreditar de manera fehaciente el contenido de una comunicación, la fecha de envío y la entrega al destinatario. A diferencia de un WhatsApp, un correo electrónico o una llamada, deja constancia oficial de que requeriste el pago y de cuándo lo hiciste.

En el contexto de un impago de alquiler, el burofax de requerimiento de pago cumple dos funciones:

  • Requerir formalmente al inquilino que abone las rentas adeudadas y, si procede, que desaloje la vivienda.
  • Generar una prueba que podrás aportar después en un juicio de desahucio y en la reclamación de las cantidades pendientes.

Qué debe contener el burofax por impago de alquiler

No existe un formulario único obligatorio, pero un burofax de requerimiento de pago bien redactado debería incluir, al menos:

  1. Identificación completa del arrendador (o su representante) y del inquilino.
  2. Datos del contrato de arrendamiento y de la vivienda arrendada.
  3. Detalle de las rentas impagadas: mensualidades adeudadas y concepto (renta, suministros repercutidos, etc.), sin necesidad de inventar cifras si aún no las tienes cerradas.
  4. Requerimiento expreso de pago en un plazo determinado y advertencia de que, en caso de no atenderlo, se iniciarán las acciones legales oportunas.
  5. Datos para el pago (cuenta bancaria) y fecha y firma.

El tono debe ser claro, correcto y sin amenazas. Se trata de un requerimiento legal, no de una coacción.

Por qué enviarlo con acuse de recibo y certificación de contenido

Para que el burofax tenga verdadero valor probatorio, conviene enviarlo con dos opciones añadidas:

  • Acuse de recibo: acredita que el inquilino recibió (o rechazó) la comunicación y en qué fecha.
  • Certificación de contenido: el operador postal certifica exactamente qué texto se envió, de modo que nadie pueda discutir después qué decía el documento.

Sin estas dos garantías, el inquilino podría alegar que no recibió nada o que el contenido era otro. Con ellas, dispones de una prueba sólida de que le requeriste el pago de forma fehaciente.

Un detalle importante: aunque el inquilino no recoja el burofax, el intento de entrega debidamente certificado también suele tener efectos, porque demuestra que hiciste todo lo necesario para comunicarte con él.

Cómo sirve de prueba en el desahucio

Cuando presentes la demanda, el juzgado valorará que actuaste de buena fe y que diste al inquilino la oportunidad de regularizar su situación. El burofax acredita el impago, la fecha del requerimiento y tu voluntad de resolver el conflicto por cauces legales. Además, en algunos casos el requerimiento previo influye en aspectos como la posibilidad de que el inquilino enerve la acción (es decir, pague y paralice el desahucio), por lo que dejar constancia de cuándo se le requirió tiene consecuencias prácticas.

Qué viene después del burofax

Si transcurrido el plazo el inquilino no paga ni desaloja, los siguientes pasos habituales son:

  1. Demanda de desahucio por falta de pago, que puede acumularse con la reclamación de las rentas adeudadas en un mismo procedimiento.
  2. Señalamiento de juicio y, en su caso, lanzamiento (desalojo), cuyos plazos varían mucho según la carga de cada juzgado: pueden llevar semanas o meses.

La reforma de 2025 ha buscado agilizar algunos procedimientos, pero los tiempos concretos siguen dependiendo del juzgado, por lo que conviene no dar por seguras fechas exactas.

El inquilino en situación de vulnerabilidad

Si el inquilino se encuentra en situación de vulnerabilidad económica o social acreditada, el procedimiento puede verse afectado: en determinados supuestos se activan comunicaciones a los servicios sociales y posibles suspensiones temporales del lanzamiento. Esto no impide reclamar lo que se te debe, pero sí puede alargar los plazos, y es una razón más para gestionar el proceso con asesoramiento profesional.

Cuándo conviene un abogado

Redactar y enviar el burofax puedes hacerlo tú, pero hacer el diagnóstico de tu caso ayuda a saber si estás realmente ante un impago civil y cómo enfocarlo. A partir de la demanda de desahucio, y especialmente si hay vulnerabilidad, cantidades elevadas o el inquilino se opone, contar con un abogado especializado suele marcar la diferencia. Puedes ampliar información en nuestra sección sobre inquilinos e impago.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio enviar un burofax antes de demandar por impago?

No siempre es legalmente imprescindible, pero es muy recomendable. El burofax acredita que requeriste el pago y en qué fecha, lo que refuerza tu posición en el juicio de desahucio y en la reclamación de rentas.

¿Puedo enviar un correo o un WhatsApp en lugar de burofax?

Puedes, pero su valor probatorio es mucho menor. El burofax con acuse de recibo y certificación de contenido deja constancia oficial de qué enviaste, cuándo y a quién, algo difícil de discutir después ante un juez.

Si el inquilino no recoge el burofax, ¿sirve de algo?

Sí. El intento de entrega debidamente certificado suele tener efectos, porque demuestra que hiciste todo lo posible por comunicarte con él. El inquilino no puede beneficiarse de rechazar u ocultarse de una notificación.

¿Un inquilino que no paga es un okupa?

No. Quien entró con un contrato de arrendamiento válido no es un okupa, aunque deje de pagar. Su situación se resuelve por la vía civil del desahucio por impago, no por la vía penal de la usurpación o el allanamiento.

Este contenido tiene carácter orientativo y no sustituye el asesoramiento de un abogado. Cada caso presenta particularidades, por lo que conviene consultar a un profesional antes de tomar decisiones y actuar siempre por cauces legales.