Desahucio por precario: cómo echar a un familiar sin contrato

31 de julio de 2026

El desahucio por precario es la vía legal que tienes cuando dejaste vivir a un familiar, a un hijo, a una expareja o a un conocido en tu vivienda sin contrato ni renta y ahora esa persona no quiere marcharse. Es una situación tan común como delicada, porque mezcla el vínculo afectivo con la propiedad de un inmueble, y conviene resolverla bien desde el primer paso.

Qué es el precario y por qué no es una ocupación

Se habla de precario cuando el propietario permite que otra persona ocupe y use su vivienda de forma gratuita, sin contrato de arrendamiento y sin pagar renta, por mera tolerancia o buena voluntad. El caso típico: le cediste el piso a un hijo, acogiste a un familiar en un momento difícil o dejaste a tu expareja quedarse "una temporada" tras la ruptura. Al principio hay acuerdo tácito; el problema aparece cuando quieres recuperar la vivienda y la persona se niega a irse.

Es fundamental entender que esto no es una ocupación penal. Quien entró en tu casa con tu permiso no ha cometido ni allanamiento de morada ni usurpación: no forzó la entrada ni ocupó un inmueble ajeno a la fuerza. Por eso el precario no se resuelve por la vía penal ni con una denuncia, sino por la vía civil, mediante un procedimiento llamado precisamente desahucio por precario.

Precario, inquilino moroso y ocupación: no confundas

  • Precario: cesión gratuita, sin contrato ni renta. Vía civil (desahucio por precario).
  • Inquilino que no paga: hay contrato de alquiler pero deja de abonar la renta. También es vía civil, pero por impago, no por precario.
  • Usurpación ("ocupación"): alguien ocupa una vivienda vacía o segunda residencia sin tu permiso. Vía penal.
  • Allanamiento de morada: entrada no consentida en tu vivienda habitual. Es la conducta más grave, vía penal.

Identificar bien tu caso es el primer paso, porque de ello depende el procedimiento correcto. Si tienes dudas sobre en qué situación te encuentras, puedes hacer el diagnóstico para orientarte antes de dar cualquier paso.

Pasos del desahucio por precario para echar a un familiar sin contrato

Recuperar tu vivienda cuando cediste el uso sin contrato tiene un camino ordenado. Saltárselo suele complicar y alargar el proceso.

  1. Intento de acuerdo amistoso. Antes que nada, conviene hablar con la persona y fijar una fecha razonable para que abandone el inmueble. Muchos casos se resuelven aquí, y siempre es mejor un acuerdo que un juicio, sobre todo tratándose de un familiar.
  2. Requerimiento fehaciente. Si no hay acuerdo, el siguiente paso es enviar un requerimiento fehaciente (por ejemplo, un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido) pidiendo formalmente que abandone la vivienda en un plazo determinado. Este documento deja constancia de que has revocado la tolerancia con la que ocupaba el inmueble y sirve como prueba en el juzgado.
  3. Demanda de desahucio por precario. Si aun así no se marcha, se presenta una demanda de desahucio por precario ante el juzgado de primera instancia del lugar donde esté la vivienda. En ella acreditas que eres el propietario (o titular del derecho a poseer) y que la persona ocupa sin título, sin contrato y sin pagar renta.
  4. Juicio y sentencia. Se celebra el juicio; si la sentencia te da la razón, ordenará el desalojo. Si la persona sigue sin irse, se fija un lanzamiento (desalojo) que ejecuta el propio juzgado, no tú.

Ten en cuenta que solo la autoridad judicial puede ordenar y ejecutar el desalojo. Tú no puedes hacerlo por tu cuenta bajo ningún concepto.

Lo que NO debes hacer bajo ningún concepto

Por comprensible que sea la frustración, hay actuaciones que son ilegales y contraproducentes, y que pueden volverse contra ti convirtiéndote a ti en el infractor:

  • No cambies la cerradura estando la persona dentro ni aproveches una ausencia para dejarla fuera con sus pertenencias dentro. Puede considerarse coacción o un delito de realización arbitraria del propio derecho.
  • No cortes los suministros (luz, agua, gas) para forzarla a irse. Además de ilegal, suele considerarse coacción y perjudica tu posición ante el juez.
  • No la eches por la fuerza ni recurras a terceros ni a empresas de "desokupación" que ofrezcan sacarla a la fuerza. Las amenazas, la presión o la violencia son delito.
  • No retires ni tires sus cosas por tu cuenta.

Cualquiera de estas vías, además de exponerte a responsabilidad penal, debilita tu demanda civil. El camino legal es más lento, pero es el único que te da seguridad y te permite recuperar la vivienda de forma definitiva.

Cuánto puede durar y cuándo conviene un abogado

Los plazos varían mucho según el juzgado, la carga de trabajo y si la otra parte se opone o no. De forma orientativa, un desahucio por precario suele llevar semanas o meses, desde el requerimiento hasta el lanzamiento efectivo. No existe un plazo fijo garantizado: conviene desconfiar de quien te prometa cifras exactas.

Aunque en algunos casos sencillos podría plantearse la demanda sin abogado, contar con un abogado especializado es muy recomendable, especialmente si:

  • La otra parte se opone o alega tener algún derecho sobre la vivienda.
  • Hay menores conviviendo o una situación de especial vulnerabilidad.
  • Existe una relación jurídica compleja (herencias, copropiedad, separación de bienes, expareja con hijos en común).
  • Quieres asegurarte de que el requerimiento y la demanda están bien planteados para no perder tiempo ni el propio juicio.

Un profesional prepara la prueba, elige el procedimiento correcto y evita errores de forma que puedan alargar meses el proceso. Puedes ver más contenidos sobre estos casos en la sección de precario y cesiones de vivienda.

Preguntas frecuentes

¿Puedo echar a mi hijo de casa si es mayor de edad y no paga nada?

Si tu hijo es mayor de edad, vive en tu vivienda sin contrato ni renta y no existe una obligación legal de alimentos que lo ampare, puedes iniciar un desahucio por precario a un hijo. El procedimiento es el mismo: requerimiento para que abandone el inmueble y, si no lo hace, demanda civil. Conviene valorar cada caso, porque las circunstancias familiares pueden influir.

¿Ceder mi vivienda sin renta a un familiar es una ocupación?

No. La cesión de vivienda sin renta hecha con tu permiso es precario, no ocupación. Como diste tu consentimiento, no hay allanamiento ni usurpación, y por tanto no cabe denuncia penal: la vía correcta es el desahucio civil por precario.

¿Necesito un contrato para poder desahuciar a quien vive en mi casa?

No necesitas contrato; precisamente el precario se caracteriza por la ausencia de contrato y de renta. Lo importante es que puedas acreditar que eres el propietario o titular con derecho a poseer y que la persona ocupa por tu mera tolerancia. El requerimiento fehaciente previo ayuda a demostrar que has retirado ese consentimiento.

¿Puedo cambiar la cerradura si la persona no está en ese momento?

No es recomendable ni seguro. Mientras el inmueble sea la residencia de esa persona, cambiar la cerradura o impedirle el acceso puede constituir coacción u otro delito, aunque la vivienda sea tuya. El desalojo solo puede ordenarlo y ejecutarlo el juzgado tras la sentencia.

Este contenido es orientativo y de carácter general; no sustituye el asesoramiento de un abogado. Cada caso tiene particularidades que conviene revisar con un profesional especializado antes de tomar cualquier decisión.