Como reclamar las rentas impagadas al inquilino

23 de agosto de 2026

Cuando un arrendatario deja de pagar, muchos propietarios descubren que reclamar las rentas impagadas al inquilino es un proceso distinto al de recuperar la vivienda, aunque a menudo se tramiten juntos. Esta guia explica de forma orientativa como intentar recuperar el dinero adeudado sin caer en vias que puedan volverse en tu contra.

Recuperar la posesion no es lo mismo que recuperar el dinero

Es la primera idea que conviene tener clara. Ante un inquilino moroso hay dos objetivos distintos que no siempre van de la mano:

  • Recuperar la posesion de la vivienda: es el desahucio, el procedimiento por el que el juzgado ordena que el inquilino abandone el inmueble.
  • Recuperar el dinero que te debe el inquilino: es la reclamacion de cantidad, dirigida a que se te abonen las mensualidades atrasadas y los conceptos pendientes (suministros, gastos pactados, etc.).

Puedes conseguir una cosa sin la otra: es posible que el inquilino se vaya y siga debiendote meses de renta, o que reconozca la deuda pero no puedas cobrarla si carece de bienes. Por eso conviene plantear la estrategia con las dos metas en mente desde el principio.

Un punto clave: el impago es via civil, no ocupacion penal

Un inquilino que entro con un contrato de arrendamiento y luego deja de pagar no es un okupa en sentido penal. No hay allanamiento de morada ni usurpacion: hay un incumplimiento de contrato que se resuelve por la via civil, mediante el desahucio por impago y la reclamacion de las rentas.

Esta distincion importa mucho en la practica. Confundir un impago con una ocupacion lleva a algunos propietarios a tomar atajos peligrosos. Conviene decirlo con claridad: nunca intentes cambiar la cerradura con el inquilino dentro, cortar el agua o la luz, retirar sus pertenencias, coaccionarle ni contratar a terceros para "echarle". Esas conductas pueden constituir delito (coacciones), te exponen a denuncias y suelen perjudicar tu propia posicion en el juzgado. La unica via segura es la judicial.

El requerimiento previo por burofax

Antes de acudir al juzgado, lo habitual es enviar un requerimiento de pago por burofax con acuse de recibo y certificacion de texto. Este paso persigue varios fines:

  • Deja constancia fehaciente de que reclamaste la deuda y en que fecha.
  • Da al inquilino una ultima oportunidad de ponerse al dia, lo que a veces resuelve el problema sin pleito.
  • Puede tener efectos sobre la posibilidad de enervar el desahucio (que el inquilino paralice el desalojo pagando lo debido), un aspecto tecnico que conviene revisar con un abogado.

El burofax debe redactarse con cuidado: identificar el contrato, detallar las mensualidades impagadas y fijar un plazo para pagar. Un requerimiento mal planteado puede restarte fuerza mas adelante.

La demanda de desahucio: la via para reclamar las rentas impagadas al inquilino

La opcion mas frecuente y eficiente es la demanda de desahucio por falta de pago acumulada a la reclamacion de cantidad. En un mismo procedimiento se pide al juzgado dos cosas:

  1. Que se declare resuelto el contrato y se recupere la posesion de la vivienda.
  2. Que se condene al inquilino a pagar las rentas y cantidades adeudadas, incluidas las que se vayan generando hasta la entrega efectiva del inmueble.

Acumular ambas pretensiones evita tener que iniciar despues un pleito separado solo para el dinero, lo que ahorra tiempo y costes. La duracion real depende mucho del juzgado y de la carga de trabajo: puede llevar semanas o varios meses, y no conviene fiarse de plazos cerrados.

La reforma de 2025 del llamado "desahucio expres" ha buscado agilizar los procedimientos de usurpacion y allanamiento; en los casos de impago con contrato la via sigue siendo el desahucio civil, donde la rapidez depende en gran medida del juzgado competente.

Reclamacion solo del dinero

Si el inquilino ya se ha ido pero te quedo debiendo, o si te interesa solo el cobro, existe la reclamacion de cantidad como procedimiento independiente. El cauce concreto y su tramitacion dependen del importe y de las circunstancias, por lo que conviene valorarlo con un profesional.

El gran obstaculo: cuando el inquilino es insolvente

Obtener una sentencia que reconozca la deuda es una cosa; cobrarla es otra. Si el inquilino carece de ingresos embargables, bienes o cuentas, la sentencia puede quedar sin ejecutar en la practica, al menos temporalmente.

En la fase de ejecucion se pueden investigar y, en su caso, embargar salarios, cuentas o bienes del deudor, respetando siempre los limites legales que protegen los ingresos minimos. Aun asi, ante un deudor realmente insolvente, la recuperacion puede ser parcial o dilatarse en el tiempo. Por eso es tan importante valorar la solvencia y actuar cuanto antes, sin dejar acumular meses y meses de deuda.

La leccion para el futuro: el seguro de impago

Muchos propietarios llegan a esta situacion sin ninguna cobertura. Un seguro de impago de alquiler contratado a tiempo suele adelantar las rentas no cobradas durante un periodo y hacerse cargo de la gestion juridica del desahucio y la reclamacion. No evita el problema, pero reduce el impacto economico y el desgaste. Junto con un buen estudio de solvencia del candidato antes de firmar, es una de las mejores prevenciones frente a la morosidad.

Preguntas frecuentes

Si mi inquilino no paga, puedo denunciarle por ocupacion?

No. Un inquilino que entro con contrato y luego deja de pagar no comete ocupacion penal: es un incumplimiento contractual que se resuelve por la via civil, mediante el desahucio por impago y la reclamacion de rentas. Denunciar penalmente por ocupacion en estos casos no es la via adecuada.

Puedo reclamar el dinero y el desalojo a la vez?

Si. Lo habitual es presentar una demanda de desahucio por falta de pago acumulando la reclamacion de cantidad, de modo que en un solo procedimiento se pida recuperar la vivienda y que se condene al inquilino a pagar lo adeudado, incluidas las rentas que se generen hasta la entrega del inmueble.

Y si el inquilino no tiene dinero ni bienes?

Puedes obtener una sentencia favorable, pero cobrarla depende de que el deudor tenga ingresos o bienes embargables. Si es insolvente, la recuperacion puede ser parcial o retrasarse. En la ejecucion se investiga su patrimonio para embargar lo que proceda dentro de los limites legales.

Merece la pena enviar un burofax antes de demandar?

En general si. El burofax con acuse de recibo deja constancia de la reclamacion, ofrece al inquilino una ultima oportunidad de pagar y puede tener efectos relevantes en el procedimiento. Conviene redactarlo con precision, idealmente con ayuda de un abogado.

Que hacer ahora

Si estas en esta situacion, el primer paso es ordenar la documentacion (contrato, recibos, comunicaciones) y valorar tu caso concreto. Puedes empezar por el diagnostico para identificar tu situacion, y consultar mas contenidos relacionados en la seccion de inquilinos e impago.

Este contenido es orientativo y de caracter general: no constituye asesoramiento juridico ni sustituye la valoracion de un abogado, que analizara tu contrato, la cuantia adeudada y las circunstancias concretas para disenar la mejor estrategia de recuperacion.